TITULO I - DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1.- Referencia a la Ley que crea el Sistema Nacional de Catastro y al presente Reglamento
Cuando en el presente Reglamento se haga mención a la Ley sin indicar su numeración, deberá entenderse que la referencia es a la Ley que crea el Sistema Nacional Integrado de Catastro y su vinculación con el Registro de Predios - Ley Nº 28294; y cuando se mencione artículos sin señalar el dispositivo legal al que corresponden, deberá entenderse que están referidos a los del presente Reglamento.
Artículo 2.- Abreviaturas y Nomenclaturas
Para fines del presente Reglamento se entiende por:
SNCP : Sistema Nacional Integrado de
Información Catastral Predial.
CNC : Consejo Nacional de Catastro.
Secretaría Técnica : Secretaría Técnica del Sistema
Nacional Integrado de Información
Catastral Predial.
CUC : Código Único Catastral.
BDC : Base de Datos Catastrales
RdP : Registro de Predios creado por
la Ley Nº 27755.
IGN : Instituto Geográfico Nacional.
INEI : Instituto Nacional de Estadística
e Informática(*)
(*) Artículo modificado por el Artículo 1 del Decreto Supremo N° 005-2018-JUS, publicado el 30 marzo 2018, cuyo texto es el siguiente:
“ Artículo 2.- Abreviaturas y Nomenclaturas
Para fines del presente Reglamento se entiende por:
SNCP
:
Sistema Nacional Integrado de Información Catastral
Predial.
CNC
:
Consejo Nacional de Catastro.
Secretaría Técnica
:
Secretaría Técnica del Sistema Nacional Integrado de
Información Catastral Predial.
CUC
:
Código Único Catastral.
BDC
:
Base de Datos Catastrales.
RdP
:
Registro de Predios creado por la Ley Nº 27755.
IGN
:
Instituto Geográfico Nacional.
INEI
:
Instituto Nacional de Estadística e Informática.
ERP
:
Estaciones de Rastreo Permanente.
IDE
:
Infraestructura de Datos Espaciales.
IDEC
:
Infraestructura de Datos Espaciales Catastrales.
IDEP
:
Infraestructura de Datos Espaciales del Perú.
PIDE
:
Plataforma de Interoperabilidad del Estado.”
Artículo 3.- Definiciones
a) Base de Datos Catastrales - BDC
Es el conjunto de datos gráficos y alfanuméricos que describen las características físicas, jurídicas y económicas de los predios catastrados.
b) Cartografía Básica
Es la representación gráfica del territorio nacional con información topográfica, planimétrica y altimétrica, cuya elaboración se encuentra sujeta a la validación y normas técnicas del Instituto Geográfico Nacional - IGN. Esta información puede ser utilizada, entre otras finalidades, como base para ubicar los levantamientos catastrales de los predios.
La publicación de la cartografía básica por el IGN se denomina Cartografía Básica Oficial.
c) Cartografía Catastral
Es la representación de un conjunto de predios a escalas 1:10 000, 1:5 000, 1:1 000 ó escalas intermedias o mayores de acuerdo a las series cartográficas que muestra la información topográfica, planimétrica y altimétrica de los predios.
d) Catastro de Predios
Es el inventario físico de todos los predios que conforman el territorio nacional, incluyendo sus características físicas, económicas, uso, infraestructura, equipamiento y derechos inscritos o no, en el RdP.
e) Código de Referencia Catastral
Es la identificación alfanumérica asignada al predio que vienen usando las Entidades Generadoras de catastro, el mismo que es independientemente al CUC. Su uso es temporal mientras dichas entidades relacionen a través del CUC su información a la BDC del SNCP
f) Entidades Generadoras de Catastro
Son aquellas que por mandato legal tienen la atribución de generar y mantener el catastro de predios, tales como las Municipalidades y los Programas de Titulación entre los que se encuentra el Proyecto Especial de Titulación de Tierras y Catastro Rural - PETT y la Comisión de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI.
CONCORDANCIAS: Directiva N° 001-2006-SNCP-CNC (Aprueban los ocho primeros dígitos del Código Único Catastral-CUC) R. Nº 001-2007-SNCP-CNC (Aprueban Directiva “Formatos e Instructivo de las Fichas Catastrales”) R. Nº 002-2008-SNCP-CNC (Delegan la administración de la Base de Datos Catastrales - BDC y del Sistema de Información Catastral - SIC al COFOPRI)
g) Generación de la Información Catastral o Levantamiento Catastral
Es el procedimiento por el cual, las Entidades Generadoras de Catastro, levantan información gráfica y alfanumérica de los predios y del titular catastral, para generar el Catastro de Predios.
h) Mantenimiento de la Información Catastral
Son las actividades encaminadas a mantener actualizada la BDC a efectos de lograr la coincidencia entre la realidad física y la descripción registral.
i ) Plan Nacional de Catastro
Es el documento que determina la política nacional del SNCP, su vinculación con el RdP y lo que establezca el CNC, con el fin de promover e impulsar el desarrollo del catastro a nivel nacional.
j) Plano Catastral
Es la representación gráfica de uno o más predios, elaborada con las especificaciones técnicas establecidas mediante directivas que emita el CNC.
k) Plano de Conjunto
Es un tipo de plano catastral, que representa gráficamente el perímetro del territorio de las Comunidades Campesinas, levantados conforme a las leyes que las regulan.
I) Plano de Demarcación Territorial
Es un tipo de plano catastral, que representa gráficamente la superficie de un territorio. Para el caso de las Comunidades Nativas se aplica este concepto concordado con las leyes que las regulan.
m) Predio
Es la superficie delimitada por una línea poligonal continua y cerrada; y se extiende al subsuelo y al sobresuelo, comprendidos dentro de los planos verticales del perímetro superficial, excluyéndose del suelo y subsuelo a los recursos naturales, los yacimientos, restos arqueológicos y otros bienes regidos por leyes especiales.
n) Red Geodésica
Es el conjunto de puntos físicamente establecidos mediante marcas, situados sobre el terreno y dentro del ámbito del territorio nacional, parcial o total, enlazado y ajustado al Sistema Geodésico Oficial.
o) Saneamiento Catastral
Es el conjunto de procedimientos técnicos y legales que se ejecutan de manera progresiva, a fin de rectificar las inexactitudes y actualizar la información registral de un predio, adecuándola a la realidad física del mismo.
p) Series Cartográfica Catastrales
Es un conjunto de planos de un territorio, los cuales son identificados por una nomenclatura única y relacionadas a las series cartográficas básicas.
q) Sistema Geodésico Oficial
Es la Red Geodésica Nacional, implementada por el Instituto Geográfico Nacional- IGN, conformada por el conjunto de puntos localizados a lo largo y ancho del país, determinados físicamente mediante monumentos o marcas, que interconectados permiten la obtención conjunta o por separado de su posición geodésica, altura o del campo de gravedad, enlazados a los sistemas de referencia establecidos.
r) Técnico Catastral
Es el personal técnico que cuentan con conocimientos o experiencia en materia catastral. Asimismo, presta servicios en las entidades generadoras de catastro.
s) Verificador Catastral
Son las personas naturales, profesionales colegiados y/o personas jurídicas competentes, inscritos, de existir, en el Indice de Verificadores a cargo de las Municipalidades y en el Registro de Verificadores de la SUNARP.
CONCORDANCIAS: R. Nº 001-2007-SNCP-CNC (Aprueban Directiva “Formatos e Instructivo de las Fichas Catastrales”)
R. N° 03-2008-SNCP-CNC, Art. 2
t) Zona Catastrada
Es un ámbito geográfico dentro del territorio nacional, cuyo levantamiento y cartografía catastral está finalizada a fin de ingresar a la BDC del SNCP
u) Zona no Catastrada
Ámbito geográfico dentro del territorio nacional cuyo levantamiento catastral no se ha ejecutado.
v) Zona Catastral
Ámbito geográfico que se encuentra en proceso de efectuar el levantamiento catastral.(*)
(*) Artículo modificado por el Artículo 1 del Decreto Supremo N° 005-2018-JUS, publicado el 30 marzo 2018, cuyo texto es el siguiente:
“ Artículo 3.- Definiciones
a) Base de Datos Catastrales - BDC
Es el conjunto de datos gráficos y alfanuméricos que describen las características físicas, jurídicas y económicas de los predios catastrados.
b) Cartografía
Es la ciencia, arte y tecnología de representar el paisaje terrestre mediante mapas, planos o cartas.
c) Cartografía Básica
Es la cartografía elaborada o validada por el IGN, sujeta a las normas técnicas en la cual se representa en forma detallada el paisaje terrestre. Esta información puede ser utilizada, entre otras finalidades, como base para ubicar los levantamientos catastrales de los predios, la elaboración de la cartografía derivada o temática y como dato fundamental geoespacial para la IDE.
La publicación de la cartografía básica por el IGN se denomina Cartografía Básica Oficial.
d) Cartografía Catastral
Conjunto de planos o mapas en los que se representan geográficamente, regiones, sectores, manzanas o predios, de acuerdo a la serie de escalas cartográficas establecidas por el SNCP.
e) Catastro de Predios
Es el inventario físico de todos los predios que conforman el territorio nacional, incluyendo sus características físicas, económicas, uso, infraestructura, equipamiento y derechos inscritos o no, en el RdP.
f) Catastro Multifinalitario
Es un instrumento de gestión del desarrollo territorial, económico, social, político y cultural, que se viabiliza mediante una IDE y se alimenta de manera continua con el aporte de información de cada uno de los actores comprometidos con la generación de información catastral precisa, detallada y actualizada del territorio, mediante un esquema interinstitucional colaborativo, permitiendo, entre otros usos, la integración de la información física y jurídica de los predios que garantice la seguridad jurídica.
g) Código de Referencia Catastral
Es la identificación alfanumérica asignada al predio que vienen usando las Entidades Generadoras de catastro, el mismo que es independiente al CUC. Su uso es temporal mientras dichas entidades relacionen a través del CUC su información a la BDC del SNCP.
h) Entidades Generadoras de Catastro
Son aquellas que por mandato legal tienen la atribución de generar y mantener el catastro de predios.
i) Estación de Rastreo Permanente
Es un equipo geodésico satelital estático de infraestructura instalado de manera permanente en un lugar adecuado, para recolectar información continua de posicionamiento desde el Sistema Satelital de Navegación Global (GNSS) que permita la determinación de la posición geográfica precisa de un punto específico. El conjunto de ERP que administra el IGN constituye la Red Geodésica Peruana de Monitoreo Continuo (REGPMOC).
j) Generación de la Información Catastral o Levantamiento Catastral
Es el procedimiento por el cual, las Entidades Generadoras de Catastro, levantan información gráfica y alfanumérica de los predios y del titular catastral, para generar el Catastro de Predios.
k) Infraestructura de Datos Espaciales
Es el conjunto de tecnologías, políticas, estándares y recursos humanos para adquirir, procesar, almacenar, distribuir y mejorar la utilización de la información geográfica. La IDE facilita el transporte de información geoespacial y promueve el desarrollo social, económico y ambiental del territorio.
l) Infraestructura de Datos Espaciales Catastrales
Es el conjunto de datos catastrales, directrices, estándares, tecnologías y acuerdos institucionales que de forma coordinada, facilita la producción, uso y acceso a la información catastral del país, con el objeto de coadyuvar al desarrollo nacional y la oportuna toma de decisiones, mediante un esquema interinstitucional colaborativo. La IDEC constituye un nodo institucional de la IDEP.
m) Infraestructura de Datos Espaciales del Perú
Es el conjunto de políticas, estándares, organizaciones, recursos humanos y tecnológicos que facilitan el intercambio, la producción, obtención, uso y acceso a la información espacial a nivel nacional, a fin de apoyar el desarrollo territorial del país para así favorecer la oportuna toma de decisiones.
n) Interoperabilidad
Infraestructura tecnológica TIC (hardware, software, comunicaciones, estándares, otros) que permite el intercambio automático de datos entre entidades públicas para mejorar procesos y servicios públicos.
ñ) Mantenimiento de la Información Catastral
Son las actividades encaminadas a mantener actualizada la BDC a efectos de lograr la coincidencia entre la realidad física y la descripción Registral.
o) Plan Nacional de Catastro
Es el documento que determina la política nacional del SNCP, su vinculación con el RdP y lo que establezca el CNC, con el fin de promover e impulsar el desarrollo del catastro a nivel nacional.
p) Plano Catastral
Es la representación gráfica de uno o más predios, elaborada con las especificaciones técnicas establecidas mediante directivas que emita el CNC.
q) Plano de Conjunto
Es un tipo de plano catastral, que representa gráficamente el perímetro del territorio de las Comunidades Campesinas, levantado conforme a las leyes que las regulan.
r) Plano de Demarcación del Territorio Comunal
Es un tipo de plano catastral, que representa gráficamente la superficie de un territorio. Para el caso de las Comunidades Nativas se aplica este concepto concordado con las leyes que las regulan.
s) Predio
Es la superficie delimitada por una línea poligonal continua y cerrada; y se extiende al subsuelo y al sobresuelo, comprendidos dentro de los planos verticales del perímetro superficial, excluyéndose del suelo y subsuelo a los recursos naturales, los yacimientos, restos arqueológicos y otros bienes regidos por leyes especiales.
t) Saneamiento Catastral
Es el conjunto de procedimientos técnicos y legales que se ejecutan de manera progresiva, a fin de rectificar las inexactitudes y actualizar la información registral de un predio, adecuándola a la realidad física del mismo.
u) Series Cartográfica Catastrales Es el conjunto de nomenclaturas y códigos únicos relacionados a las series cartográficas catastrales básicas oficiales emitidas por el SNCP.
v) Sistema Geodésico Oficial
Es el sistema de referencia geodésico oficial y único a nivel nacional, conformado por la Red Geodésica Horizontal Oficial y la Red Geodésica Vertical Oficial, las cuales están a cargo del Instituto Geográfico Nacional y se encuentran integradas a los Sistemas de Referencia Mundial.
La Red Geodésica Horizontal Oficial está constituida por la Red Geodésica Geocéntrica Nacional (REGGEN), materializada por puntos monumentados y por la Red Geodésica Peruana de Monitoreo Continuo establecida por Estaciones de Rastreo Permanente.
La Red Geodésica Vertical Oficial está constituida por Marcas de Cota Fija (MCF) o Bench Mark (BM) monumentados principalmente a lo largo de las principales vías de comunicación terrestre del país.
w) Técnico Catastral
Es el personal técnico que cuentan con conocimientos o experiencia en materia catastral. Asimismo, presta servicios en las entidades generadoras de catastro.
x) Verificador Catastral
Son las personas naturales, profesionales colegiados y/o personas jurídicas competentes, inscritos, de existir, en el Índice de Verificadores a cargo de las Municipalidades y en el Registro de Verificadores de la SUNARP.
y) Zona Catastrada
Es un ámbito geográfico dentro del territorio nacional, cuyo levantamiento y cartografía catastral está finalizada a fin de ingresar a la BDC del SNCP.
z) Zona no Catastrada
Ámbito geográfico dentro del territorio nacional cuyo levantamiento catastral no se ha ejecutado.
aa) Zona Catastral
Ámbito geográfico que se encuentra en proceso de efectuar el levantamiento catastral.”
Artículo 4.- Objeto del presente Reglamento
El presente Reglamento contiene las disposiciones generales para la integración y unificación de los estándares, nomenclatura y procesos técnicos de las Entidades Generadoras de Catastro de Predios. Asimismo, regula los procedimientos de levantamiento, mantenimiento, actualización y publicidad de la información catastral orientada a un uso multipropósito, y regula la vinculación del SNCP con el Registro de Predios, de acuerdo a lo señalado en la Ley.(*)
(*) Artículo modificado por el Artículo 1 del Decreto Supremo N° 005-2018-JUS, publicado el 30 marzo 2018, cuyo texto es el siguiente:
“ Artículo 4.- Objeto del presente Reglamento
El presente Reglamento contiene las disposiciones generales para la integración y unificación de los estándares, nomenclatura y procesos técnicos de las entidades generadoras de catastro de predios, y demás disposiciones que permite simplificar y facilitar los procesos técnicos del levantamiento, mantenimiento, actualización y publicidad de la información catastral y vinculación del SNCP con el Registro de Predios, orientada al uso multifinalitario a través de la IDEC. Regula también la implementación del Índice de Estaciones de Rastreo Permanente.”
Artículo 5.- Vinculación del SNCP con el Registro de Predios
La vinculación del SNCP con el RdP permite que la información catastral de un determinado predio se relacione con su partida registral, a fin de contar con información integrada de las características económicas y los derechos sobre los predios inscritos en la SUNARP, así como la visualización de las características físicas de los mismos.